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Durante el último mes, la Agencia Provincial de Seguridad Vial efectuó 2.127 operativos en los corredores viales de la provincia de Santa Fe. Del total de las 364 alcoholemias realizadas, 46 involucraron a conductores profesionales.
Educación04 de julio de 2022La Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV), difundió los resultados que dejaron los controles realizados en los corredores viales de la provincia durante el mes de junio. En este período se realizaron un total de 2.127 operativos, se fiscalizaron 52.614 vehículos y se labraron, 9370 actas por infracciones. Se retuvieron un total de 214 vehículos. Del total de las 364 alcoholemias realizadas, 46 correspondieron a conductores profesionales.
Estos resultados se obtuvieron en el marco de los controles sistemáticos que la APSV coordina diariamente en conjunto con la Policía de Seguridad Vial en todo el territorio provincial, que tienen el objetivo de combatir el alcohol al volante y otras conductas graves que incrementan el riesgo en la conducción para todos los usuarios de rutas y autopistas. Se debe tener en cuenta que para los conductores profesionales la tolerancia es cero para el consumo de alcohol al volante.
Según datos preliminares del Observatorio Vial de Santa Fe, en 3 de cada 10 siniestros de 2022, donde hubo uno o más fallecidos, se registró la presencia de camiones, mientras que esta proporción se encontraba en un promedio del 22% en los años anteriores, lo cual indica un aumento del 27% en su participación.
Los vehículos de transporte de carga, por su gran porte, son un factor que en la mayoría de los casos incrementa la gravedad en los siniestros viales, muchos de ellos con consecuencias mortales. En este sentido, la APSV, junto a la Policía de Seguridad Vial, continúa abordando esta problemática a través de los controles que se realizan activamente en los 22 puestos fijos de fiscalización y 80 puestos de control alternativos, que se encuentran trabajando las 24 horas, esto se traduce a un total de 100 operativos funcionales diarios.
Según estudios del Observatorio Vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, los siniestros viales son la primera causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 35 años y la conducción bajo los efectos del alcohol es uno de los factores determinantes más importantes. Las estadísticas nacionales demuestran que de cada cuatro siniestros viales con fallecidos, en al menos uno el alcohol está presente.
Para tratar esta problemática mundial, la APSV implementa controles diarios y además participa del operativo de la ANSV “Alcoholemia Federal”, que se desarrolla en simultáneo en diferentes provincias con el objetivo de visibilizar la eficacia de los controles a la hora de afrontar una de las conductas más riesgosas en la conducción como es el consumo de alcohol. Asimismo, la APSV coordina con distintos municipios y comunas de la provincia, (aproximadamente 12 puntos en simultáneos) y convoca además a otros organismos: agentes de ANSV, agentes fiscalizadores de secretaria de transporte de la provincia y unidad regional.
La ley Provincial N.º 13.133, define a la Seguridad Vial como conjunto de condiciones y normas jurídicas y técnicas, garantizadas por ordenamiento jurídico en su totalidad, para minimizar o neutralizar los riesgos de la circulación peatonal y vehicular en el espacio público.
Teniendo en cuenta la Ley provincial N° 13.169 prescribe dos sanciones (una principal y la otra accesoria) para aquellos conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga que circulen con alcoholemia positiva, cualquiera sea la concentración por litro de sangre, claramente es un imperativo tendiente a minimizar o neutralizar los riesgos de la circulación peatonal y vehicular.
La sanción comprende una multa de 300 Unidades Fijas (U.F.) a 1000 U.F., más inhabilitación accesoria para conducir de 15 días a 2 años. En estos casos no resulta aplicable el beneficio de pago voluntario previsto en el artículo 27 inciso “a” del presente Código.
Además, de conformidad a la Ley Provincial 13.133, la autoridad de aplicación está facultada a disponer medidas cautelares y/o preventivas para todo lo cual sin ser taxativos, incluyen la retención del vehículo y/o la suspensión de la licencia de conducir con el impedimento al conductor imputado de continuar circulando hasta tanto el juez competente resuelva sobre la causa y reintegre la licencia de conducir. (Aire de Santa Fe)
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