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Las nuevas restricciones que rigen en la Provincia y en nuestra ciudad

Tras el anuncio del Gobernador, los santafesinos tienen que acatar las nuevas costumbres y los nuevos cuidados. Todo lo que hay que saber.

Política23 de abril de 2021RedacciónRedacción
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Tras el anuncio, las nuevas restricciones ya rigen en toda la provincia de Santa Fe, desde las 00 horas de este viernes, donde muchos sectores de la sociedad se fueron expresando, en relación al impedimento, en algunos casos, y complicaciones económicas que esto podría generar. 
El Gobierno busca tener menos circulación para tener “menos contagios” y por eso, el primer anuncio fue que se prohíbe la circulación vehicular de 21 a 6. También dijo que los comercios cerrarán a las 19 y los de venta de alimentos, a las 20. Mientras que los bares y restoranes seguirán abiertos hasta las 23 y la circulación para clientes y trabajadores hasta las 24. Además, dijo que todos los intendentes y presidentes comunales tienen autoridad para adecuar estas medidas con un mayor impacto si así lo necesitan. En relación a esto, por ahora no se han expresado los mandatarios, en relación a profundizar aún más estas medidas, o bien, no acatarlas. El decreto funcionaría de la misma manera en todo el territorio santafesino. 
Las mismas, tienen como objetivo frenar la escalada de contagios por Coronavirus que se producen en el marco de la segunda ola de contagios y darle respiro al sistema sanitario que se encuentra tensionado y con pocas camas de terapia disponibles.

Especificaciones

*Desde las 00.00 horas de hoy, se suspende la circulación vehicular a partir de las 21 y hasta las 6, salvo para los esenciales. 
*Competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales, mediante DNU del Poder Ejecutivo Nacional o Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional; incluidas las competencias automovilísticas y motociclísticas provinciales, zonales o locales.
*La actividad física en el espacio público; salvo para la realización de manera individual o acompañado por convivientes, de salidas breves de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico, sean caminatas, correr o circular en bicicleta, sin detenerse ni concretar reuniones a aglomeración de personas.
*Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa: y las actividades de los clubes deportivos y de las guarderías náuticas, en relación a las actividades vinculadas que se suspenden. Lo mismo para los hipódromos.
*Se suspenden las actividades de salas y complejos cinematográficos.
*Actividad del comercio minorista en locales ubicados dentro de centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2 inciso e) apartado 4. de la Ley N° 12.069 con asistencia de clientes a los locales.
*No queda alcanzada por suspensión dispuesta en el presente inciso la venta telefónica o por medios electrónicos, con la modalidad particular de entrega y pago previamente convenidos (también llamada “pick up”), a realizar en un espacio exterior lindante (playas de estacionamiento o similares).
*En cuanto a los locales de venta minorista, el horario de actividad para los no esenciales será de 10 a 19. En tanto, los esenciales como de venta de alimentos, podrán tener sus puertas abiertas hasta las 20.
*Funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2 inciso e) apartado 4 de la Ley N° 12.069 con asistencia de clientes a los locales; salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que puede accederse, sin transitar por el espacio de circulación para concurrir a los locales comerciales de ventas de mercaderías.
*Se suspenderán los espectáculos teatrales y musicales, incluso los que son al aire libre.
*Siguen suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.

Las actividades esenciales y los permisos ante esta nueva realidad

El fiscal municipal, Daniel Fruttero, se encargó de explicar el Decreto provincial 386/2021, que comienza a regir desde esta noche, desde las 00:00 hasta el 2 de mayo, inclusive.
Al respecto, dijo que “las disposiciones centrales refieren a la prohibición de la circulación vehicular desde las 21:00 hasta las 6:00. De esto se exceptúan a las actividades consideradas esenciales que están enunciadas en el artículo 11 del Decreto nacional 125/21”, explicó el Fiscal municipal y añadió que “la norma suspende competencias deportivas de carácter profesional o amateur. No quedan suspendidas las prácticas o entrenamientos y pueden continuar con protocolos en espacios cerrados o al aire libre, respetando el aforo del 30 por ciento”; agregó.
Además, se suspendieron “actividades hípicas, de salas y complejos cinematográficos; bares, cines, restaurantes, patios de comida y espacios de juegos infantiles ubicados en grandes superficies comerciales. Están incluidos en esta prohibición los eventos culturales y recreativos vinculados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen la concurrencia de personas. Y la presencia de artistas en bares y restaurantes. Sin embargo, la medida no está destinada a los talleres culturales”, recordó en conferencia de prensa. 
Asimismo, “las nuevas medidas suspenden las asambleas o actos eleccionarios en personas jurídicas, públicas y privadas, de manera presencial”. Sobre la restricción horaria, el Decreto establece que “el comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías con atención al público podrán trabajar hasta las 19:00, y hasta las 20:00 para los que comercialicen productos alimenticios”, explicó.
Para los locales gastronómicos con concurrencia de comensales, se permitirá el ingreso hasta las 23:00 con una ocupación del 30 por ciento. En tanto que su cierre está previsto para la medianoche. En el aforo también se limita la actividad religiosa al 30 por ciento en templos.
Por último, toda actividad que no esté suspendida debe funcionar con un aforo del 30 por ciento en lugares cerrados.

Aclaraciones

En el caso de los trabajadores esenciales, para la circulación fuera del horario establecido, podrán hacerlo con su propio vehículo, completando la declaración jurada en la aplicación provincial Cuidar o desde la página web www.argentina.gob.ar.
Las actividades educativas son consideradas esenciales, por lo tanto alumnos y docentes podrán trasladarse en sus vehículos para asistir a clases o regresar a sus casas, utilizando la misma declaración jurada y un certificado de alumno regular.
En tanto que los bares y restaurantes hablaron de retomar el trabajo con el sistema de reserva previa, teniendo en cuenta que el cliente después de las 21:00 no podrá trasladarse en su propio vehículo sino con transporte público o a pie.
Sobre esto último, la Jefa de Gabinete amplió: “Este intento de reducir la circulación es más amplio que solo evitar los contagios, porque apunta a disminuir los riesgos de que suceda cualquier otro hecho que requiera poner en funcionamiento una atención médica”. 
En este sentido, “pensamos en los niveles de accidentología y cómo aumenta a medida que aumenta la circulación. Esto también genera una demanda en el sistema sanitario que disminuye la disponibilidad de camas y recursos para atención de pacientes con Covid-19”.
Finalmente, la funcionaria municipal solicitó a aquellas empresas e instituciones que puedan, vuelvan a trabajar bajo la modalidad home office, al igual que el año pasado, o a la organización de distintos horarios de trabajo.

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