
Se le dio por ganado el partido a 9 de Julio y Ben Hur sufrió una dura sanción

Este martes por la tarde el Tribunal de Penas del Consejo Federal hizo oficial el fallo por la suspensión del clásico del domingo en el estadio "Néstor Zenklusen", por la agresión desde la tribuna local a jugadores de 9 de Julio, donde impactó un rolito de hielo en el jugador Sebastián Acuña.
Como se preveía, luego de haberse realizado el sorteo de la segunda fase ayer, el partido por la última fecha de la primera etapa del torneo no se seguirá disputando. El ente punitivo dictaminó dárselo por ganado a 9 de Julio por 1 a 0 (estaba 1 a 1 al momento de la suspensión, justamente por el gol del delantero juliense Enzo Abondetto), con lo que quedó sin efecto el tanto del benhurense Juan Cruz Giacone del primer tiempo.
Así se hizo oficial la clasificación de 9 de Julio a la Zona Campeonato, donde debutará el domingo visitando a Independiente de Chivilcoy, mientras que Sportivo Las Parejas -que estaba a la expectativa si el encuentro seguía- jugará la Zona Reválida, donde será uno de los rivales de la BH. Cabe acotar que el equipo de Adrián Gorostidi debutará como visitante de Defensores de Villa Ramallo.
Tras un extenso análisis del informe del árbitro Matías Billone Carpio y de los descargos de los clubes, el dictamen fue el siguiente:
RESUELVE:
1°) Dar por finalizado el partido que se estaba disputando el día 13 de Julio del año 2025, entre el Club Sportivo Ben Hur vs. el Club Atlético 9 de Julio, ambos afiliados a la Liga Rafaelina de Fútbol, correspondiente a la 18va. fecha Zona “3” del Torneo Federal A 2025, el que fuera suspendido por agresión a jugadores visitantes por parte de la parcialidad local (Arts. 32 y 33 del R.T.P.).
2º) Dar por perdido el partido al Club Sportivo Ben Hur, registrándose el siguiente resultado: Club Sportivo Ben Hur: 0 -cero- gol vs Club Atlético 9 de Julio: 1 -un- gol (Arts. 32, 33, 80 y 152 del R.T.P.).
3°) Sancionar al Club Sportivo Ben Hur, afiliado a la Liga Rafaelina de Fútbol con multa de 100 (cien) entradas generales por 3 -tres- fechas (Arts. 32, 33, y 80 primer párrafo incs. “b” y “c” del R.T.P.).
4°) Determinar que los próximos tres -3- partidos que deba disputar el Club Sportivo Ben Hur en condición de local por el Torneo Federal “A” 2025, se jueguen a puertas cerradas sin público y que sólo ingresarán al estadio las personas debidamente autorizadas por protocolo (Arts. 32 y 33 del R.T.P.).
5°) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del R.T.P.).


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