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Se firmó la revisión de la paritaria mercantil

Se acordó un aumento no remunerativo de 13,5% a abonarse en tres tramos no acumulativos.

Locales15 de julio de 2024Marcelo CalamanteMarcelo Calamante
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El jueves 27 de junio, “la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2024 para la actividad mercantil. 

Las partes pactaron un incremento salarial de 13,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de marzo de 2024, con más las sumas de carácter no remunerativo a dicha fecha.

La mencionada suba de 13,5% se abonará en su valor nominal y en tres tramos no acumulativos: 5% desde junio, 4,5% desde julio y 4% desde agosto.

Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de junio de 2024 y hasta el 31 de marzo de 2026, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de septiembre de 2024 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.

Por último, cabe destacar que las partes acordaron incorporar a los básicos de convenio a partir del mes de septiembre y en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas-septiembre, octubre y noviembre del 2024- los incrementos no remunerativos otorgados en los meses de enero y febrero del 2024, en su valor nominal.

Vale mencionar que la presente revisión se da en el marco del compromiso de reunión pactado por las partes en el acuerdo del pasado 5 de abril ante las variaciones económicas registradas desde entonces, previsto en la cláusula 3ra del mencionado entendimiento”.

Cabe aclarar que, a través de una addenda, se explicitó que “con relación a los incrementos porcentuales no remunerativos acordados, los mismos se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de marzo de 2024 con más los incrementos de carácter no remunerativo a dicha fecha, dejando aclarado que se computarán asimismo los incrementos no remunerativos otorgados durante los meses de abril y mayo de 2024”. Fuente: CAC.

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