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El Gobierno envió el proyecto de legalización del aborto al Congreso

El presidente Alberto Fernández envió a Diputados el proyecto para la legalización del aborto, acompañado del Plan de los 1000 días, que consiste en el acompañamiento de la maternidad en situación de vulnerabilidad.

Nacionales 17/11/2020 Redacción web Redacción web
Aborto

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, envió este martes el proyecto para la despenalización y legalización del aborto a la Cámara de Diputados. Junto a este, se envió un proyecto para garantizar la salud de mujeres embarazadas y de niños y niñas en los primeros años de vida.

El primer mandatario había anunciado horas antes, a través de un mensaje emitido en redes sociales, que el proyecto de Aborto Legal, Seguro y Gratuito llegaría al Congreso.

“Mi convicción, que siempre he expresado públicamente, es que el Estado acompañe a todas las personas gestantes en sus proyectos de maternidad. Pero también estoy convencido de que es responsabilidad del Estado cuidar la vida y la salud de quienes deciden interrumpir su embarazo durante los primeros momentos de su desarrollo. La criminalización del aborto de nada ha servido. Solo ha permitido que los abortos ocurran clandestinamente en cifras preocupantes. Cada año se hospitalizan alrededor de 38.000 mujeres por abortos y desde la recuperación de la democracia murieron más de 3.000 mujeres por esa causa”, dijo el presidente pasadas las 16 horas.

Y agregó: “La legalización del aborto salva vidas de mujeres y preserva sus capacidades reproductivas, muchas veces afectadas por abortos inseguros. No aumenta la cantidad de abortos ni los promueve. Solo resuelve un problema que afecta a la salud pública”.

Mostrando convicción acerca de la medida que tomó, indicó que este proyecto no hace más que dar respuesta a una realidad que afecta a la salud pública, y concluyó su mensaje diciendo: “Que sea ley”.

Puntos del proyecto

  • Al igual que el proyecto en junio de 2018, el cual obtuvo media sanción en Diputados, el texto enviado hoy por el Ejecutivo garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive.

    “Fuera del plazo dispuesto en el párrafo anterior, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones: a) si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida. b) Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante”, dice el proyecto del Ejecutivo.

  • La práctica debe realizarse en un plazo máximo de diez días de corrido, desde que se lo solicita.

  • Los profesionales de la salud tiene derecho a recurrir a la “objeción de conciencia”, para no realizar la interrupción, pero debe mantener su decisión en todos los ámbitos en que ejerza su profesión, tanto público como privado; y derivar de buena fe a la paciente para que se atienda con otra u otro profesional, y adoptar las medidas necesarias para que dicha práctica pueda cumplirse.

    En caso de que la vida de la paciente esté en peligro, el profesional de la salud no puede negarse a la realización de la interrupción del embarazo.

  • La actividad debe estar incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO), esto supone que todas las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deben garantizar la práctica de manera gratuita en todo el país. Esto garantiza el acceso igualitario.

  • Previo y posterior a la interrupción del embarazo, el establecimiento donde se realice debe garantiza información y un espacio de escucha y contención. Aunque este servicio no es obligatorio.
    Si la interrupción voluntaria del embarazo debe practicarse en una persona menor de 13 años, se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal. La premisa es que debe ser acompañada por una persona que no necesariamente deba ser un padre, porque muchas veces los abusos sexuales intrafamiliares son cometidos por padres, padrastros u otros familiares.

  • Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad para ejercer los derechos que se solicitan.


El Plan de los Mil Días

En lo que refiere al otro proyecto de Ley, el Programa de los Mil Días buscará “bajar la mortalidad, malnutrición y desnutrición, además de prevenir la violencia protegiendo los vínculos tempranos, el desarrollo emocional y físico y la salud de manera integral de las personas gestantes y de sus hijos e hijas hasta los 3 años de vida”.

“Este proyecto establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo a pagarse una vez por año para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años”, detalló el presidente Fernández.

También se extiende el pago de la Asignación Universal por Embarazo (AUE): Hasta la fecha se perciben 6 mensualidades; con este proyecto se extiende a 9 mensualidades, abarcando la totalidad del embarazo, explicó Fernández.

Se amplía el pago por Nacimiento y por Adopción a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que hasta ahora estaban excluidas de este beneficio y se prevé asimismo la provisión pública y gratuita de insumos esenciales durante el embarazo y también para la primera infancia, coordinando y ampliando los programas existentes.

De ser aprobada, la ley también creará el Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las niñas y niños recién nacidos.

“Finalmente, se proponen políticas prioritarias de género fundamentales para prevenir y detectar de manera temprana situaciones de violencia de género y violencia sexual o abusos en personas embarazadas, niños, niñas y adolescentes”, concluyó Fernández.

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