
La lectura de la sentencia la realizó vía Zoom desde San Cristóbal el presidente del Tribunal, Dr. Juan Gabriel Peralta.
El fallo fue leído ayer por los integrantes de un Tribunal Pluripersonal tras un juicio oral que se desarrolló en los Tribunales de nuestra ciudad. Claudio V. fue hallado culpable de los delitos de Abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y promoción a la corrupción de menores perpetrados contra su hija biológica y otra menor hija de su pareja. La pena es la que había solicitado la Fiscalía en su momento.
Sucesos15 de septiembre de 2021Desde las 11.30 de este miércoles -tal lo adelantado en la página web de Diario CASTELLANOS- el Tribunal Pluripersonal integrado por los jueces de la Investigación Penal Preparatoria, Dr. Javier Bottero (presidente) y José Luis Estévez; junto a la conjueza Dra. Cecilia Álamos, abogada del foro local, dieron a conocer la sentencia relacionada a un juicio oral que se venía desarrollando de manera remota en los Tribunales locales, contra un sujeto acusado del delito de Abuso sexual con acceso carnal perpetrado presuntamente contra sus hijas menores de edad.
La decisión de los magistrados se ajusta a lo solicitado oportunamente por la Fiscal Ángela Capitanio y la pena impuesta fue de veinte años de prisión por los delitos de Abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante y Promoción a la corrupción de menores, del que resultaran víctimas una hija biológica del encartado y la primogénita de su pareja, ambas menores de edad, hechos ocurridos en distintas localidades en la que la familia se afincaba por cuestiones laborales.
Recordamos que el jueves pasado desde las 8 de la mañana se habían retomado las audiencias ya que su desarrollo debió suspenderse a raíz de la aparición de un caso sospechoso de Covid-19 en una de las partes que asistía a esa instancia judicial.
El ahora condenado es un sujeto identificado como Claudio V. (no hacemos mención a su apellido ya que es el mismo que tiene su hija abusada y para evitar revictimizarla).
Una adolescente de 14 años quedó constituida como parte querellante en una causa por abuso sexual. Por el hecho se encuentra imputado su padre, quien quedó en prisión preventiva en marzo de 2021.
La denunciante cuenta con el patrocinio de las abogadas particulares Agustina Taboada y Carolina Walker Torres, quienes sostuvieron la pretensión en el principio de autonomía progresiva establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación.
El escrito de constitución de querella al que tuvo acceso Aire Digital se esgrime sobre el principio de autonomía de niños, niñas y adolescentes, que cuenta con un reconocimiento en la legislación internacional, nacional y provincial. La herramienta jurídica que primero lo recepta es la Convención sobre los Derechos del Niño.
La convención sobre los Derechos del Niño "deja atrás la concepción paternalista propia que consideraba a los niños como "menores" o "incapaces" y así, "objeto" de protección y representación por parte de la familia y el Estado. En cuanto a la legislación argentina, en el 2005 se sancionó la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que, al igual que la Convención de los Derechos del Niño, profundiza y refuerza el principio de capacidad o autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes. Establece así que se debe respetar su condición de sujeto de derecho, el derecho de las niñas, niños y adolescentes a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta, su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales, entre otras garantías. Esta misma ley regula dos derechos fundamentales, sustento de la pretensión de ser querellante en la causa: el derecho a opinar y a ser oído, es decir, derecho a participar y expresar libremente su opinión en los asuntos que les concierne y en aquellos que tengan interés, que sus opiniones sean tenidas en cuenta conforme a su madurez y desarrollo. Por otro lado, también se establece que el Estado debe garantizar a las niñas, niños y adolescentes "en cualquier procedimiento judicial o administrativo que los afecte", además de todo lo dispuesto por las normativas vigentes, los siguientes derechos y garantías: a ser oído ante la autoridad competente cada vez que así lo solicite la niña, niño o adolescente; a que su opinión sea tomada primordialmente en cuenta al momento de arribar a una decisión que lo afecte; a ser asistido por un letrado preferentemente especializado en niñez y adolescencia desde el inicio. En caso de carecer de recursos económicos el Estado deberá asignarle de oficio un letrado que lo patrocine; a participar activamente en todo el procedimiento; a recurrir ante el superior frente a cualquier decisión que lo afecte".
El caso es investigado por la fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Familiar y Sexual, Celeste Minniti, quien admitió que la denunciante puede ser parte en el proceso con la representación legal de Walker y Taboada. En tanto, el abogado defensor del imputado, José Mohamad, tampoco se opuso a la constitución como querellante. Al no existir oposición al respecto, el juez Sergio Carraro dictó la resolución para admitir como parte en el proceso a la denunciante.
En marzo de 2021 la niña denunció a su padre por una situación de abuso sexual, cometida una noche en que estaba en compañía del hombre, ya que no residía con ella. La joven contó con la asistencia de las profesionales de la salud mental del Hospital de Niños "Dr. Orlando Alassia", quienes la asistían desde hacía algunos meses a raíz de una desgracia familiar. La denuncia quedó a cargo de la fiscal Celeste Minniti, quien dispuso la detención del hombre y el 9 de marzo de 2021 se dictó la prisión preventiva, imputado como autor de abuso sexual gravemente ultrajante calificado.
La lectura de la sentencia la realizó vía Zoom desde San Cristóbal el presidente del Tribunal, Dr. Juan Gabriel Peralta.
Los servidores públicos fueron comisionados a calle Arenales al 300 del barrio 9 de Julio donde había tomado fuego un colchón ubicado en el dormitorio de una vivienda. No hubo personas lesionadas.
Ocurrió en horas de la tarde de este sábado en la intersección de calles Marchini y Beltramino falleciendo el conductor de una motocicleta.
Mauricio Ortiz y Brian González, sentenciados a tres años de prisión efectiva, seguirán en libertad hasta que la condena quede firme. El juez consideró que no hay riesgo de fuga ni de entorpecimiento del proceso.
Lo decidió en la mañana de este jueves el Juez de la IPP Javier Bottero haciendo lugar a lo requerido por la fiscal Lorena Korakis. El sujeto, Luis Alberto Núñez, de 31 años ya tienen antecedentes condenatorios y fue declarado reincidente por primera vez.
Por ello el juez José Luis Estévez, a partir de lo solicitado por la fiscal Shirli Tomasso, decretó la prisión preventiva. El investigado tiene 34 años.
El equipo de Adrián Gorostidi careció de eficacia e igualó sin goles frente a Independiente de Chivilcoy en barrio Parque Ilolay. Con este resultado, la “BH” complicó sus posibilidades para clasificar a la Zona Campeonato.
Este lunes 30 de junio se convirtió en la mañana más fría de 2025 en Rafaela, con una mínima de -8,8°C a la intemperie, según datos del INTA.
El armado de Karina Milei logró imponerse en 4 municipios y sumar concejales aquí y allá. Pero el resultado no fue como esperaban en Buenos Aires.
La empresa argentina de comercio electrónico, Mercado Libre, anunció este martes que desde el 8 de julio aumentará el costo de operación en las provincias en que tiene un mayor impacto el impuesto a los Ingresos Brutos, entre ellas Santa Fe.
El vicepresidente Ejecutivo de la Lotería de Santa Fe, Daniel Di Lena, detalló que “se utiliza nuestro nombre, nuestra identidad visual y hasta el prestigio de nuestra Lotería para simular una legalidad inexistente”.