
Los servidores públicos fueron comisionados a calle Arenales al 300 del barrio 9 de Julio donde había tomado fuego un colchón ubicado en el dormitorio de una vivienda. No hubo personas lesionadas.
Lo hizo un Tribunal de Jueces de Segunda Instancia integrado por los magistrados Roberto Prieu Mántaras, Fabio Mudry y Martha Feijoó. De esta manera la Cámara confirmó lo resuelto en su momento por los jueces de Alzada de Rafaela quienes en su momento modificaron la sentencia emitida por la Jueza de Menores Dra. Laura Lencinas que era de siete años de prisión. Ahora habrá que ver de qué manera se cumple esa condena.
Sucesos31 de mayo de 2022Información a la que tuvo acceso anoche Diario CASTELLANOS permitió conocer que los jueces de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Santa Fe, Roberto Prieu Mántaras, Fabio Mudry y Martha Feijoó, confirmaron la sentencia a trece años de prisión de Karen Ñáñez, autora del delito de Homicidio agravado por Alevosía del que resultó víctima María Fernanda Chicco, hecho ocurrido en el mes de febrero del año 2015 en la ciudad de Ceres.
Recordamos que oportunamente la Jueza de Menores de Primera Nominación de Rafaela, Dra. Laura Lencinas, había condenado a Ñáñez a la pena de siete años de prisión, decisión que fue apelada por la fiscal María Alejandra Politti quien había solicitado una condena a 19 años de prisión.
Aumento de pena
Ante esa instancia, en febrero del año pasado, la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Rafaela decidió ampliar la condena a Karen Ñáñez a trece años de prisión -en lugar de los siete iniciales que le había aplicado la Jueza de Menores de Rafaela Laura Lencinas- la joven sindicada como autora del delito de Homicidio agravado por alevosía perpetrado en perjuicio de María Fernanda Chicco, ocurrido en la ciudad de Ceres en febrero de 2015, momentos en que la autora contaba con 16 años de edad.
El fallo indicaba que los camaristas resolvieron: 1) Confirmar parcialmente la sentencia recurrida modificando la pena por lo que se condena a Karen Ñáñez, datos filiatorios obrantes en autos, a la pena de trece años de prisión con más las accesorias previstas en los artículos 12 y 19 del Código Penal con costas. 2) De conformidad con el precedente «Scalcione» de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe , para el caso que se impugnara la presente, disponer que la Oficina de Gestión Judicial que corresponda proceda a integrar nuevo Tribunal para entender en la eventual revisión del presente fallo.
Apelación de la defensa
Tras conocerse esa decisión, los abogados defensores de la acusada apelaron esa decisión y ahora, el Tribunal de Alzada santafesino integrado por los jueces Prieu Mántaras; Mudry y Feijoó, decidieron avalar lo actuado por los camaristas rafaelinos por lo que la pena quedará firme en trece años si es que no se impugna una vez más esa decisión.
Condena inicial
En su momento Diario CASTELLANOS había publicado que la fiscal, María Alejandra Politti, había presentado el escrito de apelación en relación a la decisión adoptada por la Jueza de Menores de la Primera Nominación de nuestra ciudad, la Dra. Laura Lencinas, quien había decidido condenar a Karen Ñáñez, la joven ceresina autora del homicidio agravado por alevosía del que resultara víctima María Fernanda Chicco, a la pena de siete años de prisión por el hecho ocurrido en Ceres en febrero del año 2015 cuando la autora -que ahora es mayor de edad- tenía apenas 16 años.
En su momento Politti había solicitado una pena de 19 años de prisión por lo que tras ello apeló dicha decisión y finalmente debían ser los magistrados del Colegio de Jueces de nuestra ciudad, los que deberían determinar si mantenían la sentencia de Lencinas; si decidían bajarla; o cómo pretendía la Fiscalía y los padres de María Fernanda, elevar considerablemente esa cantidad de años.
7 años
En su momento también en Diario CASTELLANOS informábamos que «La Justicia de Menores de Rafaela había condenado a Karen Ñáñez, hallada penalmente responsable del homicidio de María Fernanda Chicco, ocurrido en febrero de 2015 en la ciudad de Ceres, a la pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo, en una causa que se enmarcó en el Decreto Ley N° 22.278, que determina el Régimen Penal para la Minoridad, aplicable a este caso.
Karen tenía 16 años cuando cometió el asesinato. En el fin de semana de Carnaval, citó mediante engaños a María Fernanda Chicco, de 18, a un aserradero ubicado en las afueras de Ceres, la ciudad en la que ambas residían. Desde el celular del novio de la víctima, del que se había apoderado, la adolescente había llamado a Fernanda para citarla en el escenario donde consumaría el crimen: la hirió con arma blanca y la ahorcó con un alambre.
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