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Estafa con criptomonedas a un empresario: no hubo acuerdo

El imputado -hoy detenido con prisión preventiva sin plazos- hizo junto a sus abogados defensores una propuesta económica que fue rechazada por la Fiscalía y por la víctima y su abogado querellante. El mes próximo será la audiencia de revisión de su privación de libertad.

Sucesos04 de febrero de 2023Redacción WebRedacción Web
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En horas de la mañana de este viernes -de acuerdo a la información a la que tuvo acceso en exclusiva Diario CASTELLANOS-, se desarrolló una audiencia de las denominadas de Suspensión de Juicio a Prueba. La misma fue presidida por la jueza de la Investigación Penal Preparatoria, Dra. Cristina Fortunato, actuando como fiscal el Dr. Martín Castellano y como representante de la Querella el Dr. Néstor Oroño, en representación de un empresario rafaelino que el año pasado había resultado víctima de estafas tras intentar ingresar al "mundo" de las inversiones en criptomonedas.
Por la otra parte se encontraban los abogados particulares Darío Gabriel Schurrer y Juan Manuel Lovaiza en representación del acusado, identificado como Martín Eduardo L. DL. (apellido compuesto). En primera instancia la defensa del imputado adelantó que estaba en condiciones de realizar una propuesta económica concreta y, de acuerdo a lo señalado, era más que razonable.
Así, M.E.L. DL. ofreció como resarcimiento económico a la víctima una importante suma en dólares de su cuenta de cripto y de otra; además de la entrega de dos automóviles (ambos de alta gama) y, en un plazo de 30 días, reponer el total de lo estafado.
Tras ello, la magistrada decidió ofrecer un cuarto intermedio a fin de que las partes pudieran o no ponerse de acuerdo.

Negativa

Tras ese paréntesis, desde la Fiscalía representada por el Dr. Castellano adelantó que se iba a oponer al ofrecimiento del imputado ya que en principio se pretende acreditar el origen de los fondos, la participación de otros sujetos en el marco de lavado de activos. "El monto ofrecido por el imputado no cubre con lo robado inicialmente y la investigación se encuentra en una etapa inicial; los bienes ofrecidos en modo de reparación son pertenecientes a la víctima", señaló.
Por su parte el Dr. Néstor Oroño, abogado defensor representante de la víctima en su calidad de Querellante adelantó que adhería con todo lo planteado por el Fiscal, invocando el Art. 243 del Código Procesal. "Si se homologa este acuerdo estaríamos ante un caso de enriquecimiento sin causa agravando la situación de su defendido. Se invoca la reparación integral del Art. 76 Bis, entendiendo que se debe mínimamente reparar los daños. Se tuvo que pagar personal técnico por lo que esta parte entiende que no corresponde hacer lugar al pedido de juicio a prueba solicitado por la Defensa.

Decisión de la Jueza

Tras la postura del imputado haciendo referencia a que los autos no fueron comprados en las fechas en que se está investigando el hecho, entendiendo además que lo que se le endilga es un delito excarcelable y haciendo referencia a que está detenido hace tres meses en forma extorsiva y que ya es insolvente porque cuenta con todos sus activos congelados.
En tanto su defensor, el Dr. Schurrer manifestó que entendía que la realizada era una propuesta entendiendo no obstante que en principio no cubre integralmente lo sustraído.
Ante estas circunstancias la Dra. Cristina Fortunato decidió rechazar el procedimiento de suspensión a prueba y adelantó que los fundamentos estarán por escrito dentro del plazo de ley, no sin antes aclarar que la realizada no era una audiencia de revisión de prisión preventiva, por lo que el encartado continuará privado de su libertad.

El hecho

Recordamos que en noviembre del año pasado la jueza Cristina Fortunato había decretado la prisión preventiva del encartado tras hacer lugar a una solicitud formulada en ese momento por el fiscal de la causa, el Dr. Guillermo Loyola, que, entre otras cosas, manifestaba: "La magistrada entendió que había riesgos procesales y resolvió cautelar el proceso sin plazos con la privación de la libertad del imputado, tal como lo habíamos solicitado desde la Fiscalía".
El funcionario del MPA manifestó que "el imputado, cuyas iniciales son M.E.L. DL., es un reconocido 'influencer' en materia de criptomonedas, y en ese carácter entabló una relación de confianza con la víctima y le brindó asesoramiento para la compra de criptomonedas del tipo USDT".
"En junio de este año (por 2022), dos representantes de la víctima se reunieron con el imputado en un departamento ubicado en Puerto Madero de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", indicó Loyola. Según relató el Fiscal, "el investigado les vendió en 200 dólares un dispositivo Ledger (token), que garantiza el acceso exclusivo y el control absoluto de una wallet (billetera virtual), a fin de que el propietario administre los fondos de forma segura".
"En una clara maniobra de engaño por abuso de confianza, al configurar el dispositivo, el imputado extrajo la denominada clave semilla", explicó el Fiscal. "De esta manera, se aseguró poder ingresar a la billetera virtual sin la autorización de su propietario y sin utilizar la clave token", agregó Loyola.
El fiscal del MPA afirmó que "el empresario estafado estaba convencido de que tenía el manejo absoluto y exclusivo de la billetera adquirida y efectuó operaciones financieras a través de ella".
Sin embargo, "el jueves 4 de agosto de ese año, el imputado accedió sin autorización a la wallet de la víctima y sustrajo el saldo de 332.923,17 dólares que había disponible", indicó el Fiscal. "Transfirió el dinero a otras billeteras virtuales, entre ellas, a una de la que es titular en la plataforma Binance, a la que ingresó 172.853,97 USDT", puntualizó.
Loyola subrayó que "la estafa se configuró justamente porque revistió la suficiente entidad para engañar a la víctima y causarle un perjuicio económico".
El fiscal destacó que "tras recibir la denuncia y corroborar la existencia de dinero en la billetera de Binance a nombre del imputado, desde la Fiscalía solicitamos el congelamiento de esos fondos". En tal sentido, señaló que "en ese momento, la cuenta poseía una cifra aproximada a 120.000 USDT, y la medida logró efectivizarse por alrededor de 100.000 USDT". "Luego se advirtió que, mediante la red social Twitter, el imputado se quejó de que no funcionaba la aplicación de Binance", expuso el Fiscal. "Ante la previsión de que el investigado podía llegar a salir del país, enviamos un oficio a Migraciones y, efectivamente, el hombre investigado fue detenido mientras intentaba viajar a la ciudad uruguaya de Montevideo".
"La Jueza manifestó que las evidencias presentadas por el MPA eran suficientes para acreditar la materialidad del ilícito y la probable autoría por parte el imputado", remarcó Loyola.
Asimismo, explicitó que "si bien al imputado se le atribuyó la figura de estafa genérica -cuya escala penal mínima admite la modalidad condicional en caso de condena-, la magistrada consideró el perjuicio económico causado y el modo de consumación del hecho y sostuvo que la pena en expectativa es de cumplimiento efectivo".
El representante del MPA también se refirió a que "la Jueza planteó la existencia de peligros procesales, dado que la maniobra fraudulenta que se le endilgó al imputado se caracteriza por el anonimato, la descentralización y la desregulación". Al respecto, Loyola agregó que "ya que las operaciones con criptomonedas están fuera de los 'radares' estatales, no es posible saber con certeza cuál es la verdadera situación patrimonial de M.E.L. DL.".
Por último, el Fiscal informó que "la magistrada contempló que el imputado intentó viajar al extranjero al notar que no podía utilizar la billetera a la que transfirió parte del dinero de la víctima, lo que da cuenta del riesgo de fuga".

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