
Siniestros viales en Rafaela: Leve baja en diciembre pero el comparativo iteranual creció un 3,5%
Así se hizo conocer mediante el informe mensual que entrega el Servicio de Emergencias 107


El titular del MPA de San Jorge, Dr. Carlos Zoppegni, había dispuesto la aprehensión de un sujeto de 38 años, quien estaría implicado en la privación ilegal de la libertad y el posterior homicidio del tesorero de la fábrica de quesos Cooperativa “22 de Marzo” que tiene sede en la localidad de Eustolia, Héctor Cornalis, apareció sin vida en la zona rural de Colonia Cello.
Sucesos21 de abril de 2021
Redacción
El individuo, identificado como Roberto Andini, alias “Sombra”, fue aprehendido en la localidad de Estación Clucellas.
Consecuente con la investigación de la Agencia de Investigación Criminal, se pudo llegar hasta el sujeto que una vez aprehendido, fue trasladado a la Alcaidía de la ciudad de Rafaela. Ayer a la mañana, siguiendo los pasos legales, se realizó vía Zoom el control de detención en la que participaron el Juez de la causa, Dr. Pablo Ruiz Staiger; el fiscal, Dr. Carlos Zoppegni, la defensora pública, Dra. Patricia Hidalgo y, lógicamente, el detenido.
En el término de la semana, probablemente se realice la imputación del delito, señaló una fuente judicial.
Recordamos que hace algunas horas, el fiscal Carlos Zoppegni, indicaba que la causa de la muerte “obedeció en principio por todos los traumatismos sufridos y después también eso ayudó a acelerar la muerte la ubicación que tenía la víctima -que estaba con sus manos y pies precintados- boca abajo, con dificultad para respirar y naturalmente, la sangre corrió en un solo lugar, es decir hacia la cabeza, lo que le generó un coágulo por lo que terminó falleciendo. Ello obviamente no impide que se profuncide como en toda autopsia lo que vendrá luego que son los estudios histopatológicos; y de las partes del cuerpo que son analizadas con el Gabinete biológico”.
Ante la consulta el fiscal Carlos Zoppegni indicaba que en principio se indicaba que se podía estar ante un secuestro, recordando que el secuestro extorsivo es un delito de competencia federal y aclaraba “que nosotros no pudimos advertir desde el inicio de la investigación y hasta ahora, de que hubiere algun tipo de conducta vinculada con ese delito, ya que no hubo un pedido expreso de dinero a la familia para liberar a la víctima. Por ello la calificación legal que se seleccionó en primer lugar fue la de “Privación ilegítima de la libertad seguida de muerte”. En este caso la muerte puede ser por un hecho fortuito culposo o doloso. La autopsia y las demás evidencias nos inclinan a sostener lo que sería un hecho doloso, que tiene una pena de prisión perpetua y concursa en este caso inicialmente con otro delito que se denomina “Homicidio Criminis Causae” precisamente también, porque a medida que avanza la investigación tenemos la posibilidad de acreditar esta figura que también tiene una pena prevista de prisión perpetua. En este sentido ambos ilícitos concursan de manera ideal entre sí. Son dos hechos muy similares con características disímiles pero que podría ser la calificación que voy a utilizar para imputar a los autores del hecho”.
Audiencias
Ya en el final Zoppegni indicaba que en cuanto a las audiencias el Código le permite a los fiscales la posibilidad de duplicar los plazos lo que significa que yo tendría facultades para pedir la audiencia dentro de los próximos ocho días, por lo que evaluaremos esa posibilidad atento a las características del hecho.

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