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Histórico fallo en San Francisco: condenan a un hombre a pagar casi $50 millones por más de 20 años de violencia de género

Géneros19 de septiembre de 2026
La Justicia de San Francisco, Córdoba, dictó un fallo ejemplar al condenar a un hombre a pagar $49.278.939,76 (más intereses y costas) a su exesposa por los daños y perjuicios ocasionados tras más de dos décadas de violencia sistemática.
La resolución, dictada por el juez Carlos Viramonte (Juzgado de Tercera Nominación en lo Civil y Comercial), sienta un precedente clave: determina que los agresores no solo enfrentan medidas de protección, sino que también deben responder económicamente por el daño civil provocado. El fallo aún no está firme y puede ser apelado.
📊 Desglose de la indemnización
El tribunal dividió el monto total en tres conceptos clave para garantizar una reparación integral:
  • Pérdida de chance futura ($39.378.939,76): Compensación por el impacto patrimonial y laboral que le genera a la víctima padecer una incapacidad psicológica permanente.
  • Daño moral ($7.500.000): Por el sufrimiento espiritual y la vulneración de sus derechos fundamentales a lo largo de 20 años.
  • Tratamiento psicológico futuro ($2.400.000): Destinado a cubrir la asistencia profesional que la mujer necesitará para afrontar las secuelas.

🔍 Puntos clave del caso
  • Violencia sistemática: La Justicia dio por probada la existencia de violencia física, psicológica y económica. El agresor ejercía conductas de control, celos, amenazas, aislamiento y limitaciones para que la mujer estudiara o trabajara.
  • Pruebas contundentes: Para reconstruir el contexto de sumisión, el juez valoró los testimonios de los hijos de la pareja y allegados, las denuncias previas, las medidas de restricción vigentes y los informes profesionales. Las intimidaciones continuaron incluso después de la separación.
  • Perspectiva de género: El tribunal destacó la obligación de juzgar aplicando de manera transversal la Constitución Nacional y tratados internacionales como la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485.
  • Secuelas psicológicas permanentes: Las pericias oficiales confirmaron que la víctima padece un cuadro ansioso-depresivo crónico, alteraciones del sueño, hipervigilancia y fatiga psíquica, determinando una incapacidad psicológica de entre el 20% y el 35%.
"Proteger a una víctima es indispensable, pero reparar los daños que la violencia dejó en su vida también forma parte de una respuesta judicial integral", señalaron los abogados de la víctima, Virginia Panero y Nicolás Casas. Con información de La Voz de San Justo.
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