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Condenaron a un exconvicto que mordió a un gendarme en Rafaela

El Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó a un hombre de 28 años que, el año pasado, en plena pandemia, atacó a un agente de la fuerza nacional, en un intento de fuga para que no descubrieran que llevaba drogas.

Sucesos07 de julio de 2021RedacciónRedacción
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(El Litoral) Mató a un joven de 19 años hace casi una década, en la ciudad de Rafaela. Fue condenado a once años de cárcel en 2014 y en la etapa más estricta de la pandemia fue apresado nuevamente por Gendarmería Nacional, cuando en un intento de fuga, mordió y golpeó a un uniformado. Por el hecho más reciente, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Santa Fe lo condenó a un año y medio de prisión y lo declaró reincidente, por lo que purgará el tiempo que le falta en la U-1 de Coronda.

Se llama Emiliano Damián Soto, changarín, de 28 años. Es oriundo de San Cristóbal, pero hace tiempo se radicó en la cabecera del departamento Castellano, donde en 2012 mató a un joven de 19 años, delito por el cual resultó encarcelado.

El 18 de mayo del año pasado, en horas de la noche, fue atrapado por Gendarmería Nacional, luego de protagonizar un intento de fuga en el que mordió en la mano y aplicó un golpe de puño en la cabeza a uno de sus perseguidores. En su poder, la fuerza pública incautó marihuana y cocaína, por lo que el caso se tramitó ante la Justicia Federal rafaelina.

Tenencia y atentado
Este lunes, la jueza del TOF, María Ivón Vella, lo sentenció a un año y medio de prisión de efectivo cumplimiento, lo declaró reincidente y le aplicó una multa de $ 4.000 en el marco de un juicio abreviado, alcanzado entre la Fiscalía General y el imputado, que contó con la representación legal del abogado Germán Verna.

Soto fue declarado culpable por los delitos de “tenencia simple de estupefacientes y atentado contra la autoridad, agravado por poner manos en la misma” en concurso real, según lo establecido por los artículos 14 1º párrafo de la ley 23.737 y 237 en función del 238 inc. 4°, 45 y 55 del Código Penal.

La noche que fue apresado, Gendarmería realizaba un patrullaje preventivo por el barrio Monseñor Zaspe, cuando al advertir la presencia de tres hombres jóvenes en la esquina de las calles Flaminio del Signore y Francia, se detiene a identificarlos.

Captura vigente
Sabedor de que iba a ser detenido -Soto tenía una orden de captura vigente ante la justicia provincial-, emprendió una fugaz huida, que terminó una cuadra más adelante, en Francia y Bartolo Manera.

Pero la voz de alto no fue suficiente y cuando uno de los gendarmes -el cabo primero Mauro Sergio Szynwelski- le puso las manos encima, Soto arremetió con dos dentelladas furiosas, que lesionaron al uniformado justamente en su mano derecha; y le aplicó un golpe en la cabeza. A pesar de la resistencia, Soto fue igualmente reducido y trasladado hasta el Escuadrón de Seguridad Vial de Rafaela, donde se le incautaron 0,41 gramos de marihuana, 15,19 gramos de cocaína y $ 1.800 que llevaba en uno de los bolsillos de la bermuda. Semanas después fue procesado con prisión preventiva. La causa se elevó a juicio y antes de que se le fijara fecha de debate, las partes alcanzaron el acuerdo condenatorio.

Con antecedentes
Entre los elementos de valoración que surgieron del expediente, la jueza Vella destacó que Soto “registra una condena de once años de prisión por el delito de homicidio agravado por uso de arma de fuego -la que se encuentra cumpliendo-, impuesta por el Juzgado Penal de Sentencia del Distrito Judicial N° 5 de Rafaela”.

El 2 de octubre de 2014, el juez rafaelino, Javier Bottero, declaró culpable a Soto por el crimen de Enrique Federico Orellano (19), ocurrido el viernes 16 de noviembre de 2012 en la vía pública. Es decir que como la pena no se encuentra cumplida, porque vence el 28 de noviembre de 2023, “corresponde la unificación de las condenas”, que quedará a cargo de la justicia provincial.

Además, en la parte dispositiva de la sentencia, la jueza Vella ordenó remitir las actuaciones al juez de Ejecución Penal de la ciudad de Rafaela, para que “proceda a la unificación de condenas”; así como “la destrucción del estupefaciente en acto público cuya fecha de realización será oportunamente establecida”.

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