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Evelio «Yiyo» Ramallo sigue acumulando condenas…

Ahora recibió ocho años más de prisión tras ser hallado culpable de comandar una organización narcocriminal encargada de traficar droga desde Santa Fe para ser comercializada en Rafaela. Además el Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó a otras siete personas -hombres y mujeres- integrantes de la organización. La investigación fue encabezada por el Fiscal Federal de Rafaela Dr. Gustavo Onel.

Sucesos 02/06/2022 Redacción web Redacción web
Tribunales-Santa-Fe-2020

En las últimas horas este Diario tuvo acceso a un fallo dado a conocer por el Tribunal Oral Federal de la ciudad de Santa Fe firmado por el Dr. José María Escobar Cello, Juez de Cámara, en la que se condena -mediante la realización de un juicio abreviado- a Evelio Horacio Ramallo, alias «Yiyo» y otras siete personas -hombres y mujeres- como jefe de una organización narcocriminal encargada de traficar droga desde la ciudad de Santa Fe para ser comercializada en Rafaela, en el marco de una causa cuya investigación encabezó el Fiscal Federal de Rafaela Dr. Gustavo Onel.

El comienzo
La presente causa se inició el 22 de mayo de 2020, con motivo de un procedimiento efectuado por personal policial en el acceso este de la ciudad de Santa Fe -ruta provincial Nº 70, Km 74,5- oportunidad en que se secuestraron dos armas de fuego (una de ellas con la numeración suprimida) entre las pertenencias de las ciudadanas Tatiana Anahí Molina y Yasmín Camila Rolón que circulaban en un vehículo Volkswagen como pasajeras del rodado que funcionaba como remis.
Dicho operativo dio origen a los legajos de investigación ordenándose las intervenciones de los abonados presuntamente utilizado por Evelio Horacio Ramallo y otro manejado por una persona identificada como Carina Soledad Castillo, entre otros de interés.

Allanamientos
Como corolario y a pedido del Fiscal Federal de Rafaela, Dr. Gustavo Onel, se ordenaron varios allanamientos en diversos domicilios; como así la requisa de la celda en la que se encontraba alojado el encausado Ramallo en la cárcel de Piñero. Dichas medidas se materializaron el 22 de agosto del 2020, procediéndose al secuestro de estupefacientes (marihuana y cocaína), celulares, dinero en efectivo y armas, entre otros elementos de interés, y a la detención de Carina Soledad Castillo, Diego Hernán Molina, Nanci Lorena Zunoffen, Yoana Carolina Olivera, Cristian Daniel Ferreyra y Joaquín Ángel Babijezuk.
La requisa de la celda de Evelio Horacio Ramallo arrojó como resultado el secuestro de teléfonos celulares, cuadernillos y hojas con anotaciones de interés para la causa.

Organizador y secuestro
Del análisis de las constancias y elementos de prueba recolectados en esta causa, quedó suficientemente acreditado que Evelio Horacio Ramallo se dedicó a organizar y coordinar distintas conductas en infracción con las disposiciones de la ley de estupefacientes, en la ciudad de Rafaela, durante al menos fines del mes de mayo y hasta el 22 de agosto del 2020, fecha en que se llevaron a cabo los allanamientos y la requisa de su lugar de alojamiento en la presente; accionar en el que se vieron involucrados y se relacionaron con el nombrado otros sujetos, entre ellos, varios de los coimputados en esta causa; poniendo de manifiesto las actividades concertadas con éste para asegurar los fines de comercialización de estupefacientes.
De igual modo, se probó que habiéndose realizado distintos allanamientos simultáneos en fecha 22 de agosto del 2020 ordenados en esta causa, personal policial ingresó a los domicilios sitos en la ciudad de Rafaela -que a continuación se detallan-, de los cuales se produjo el secuestro de material estupefaciente, armamento y otros elementos de interés.
Así, en el domicilio de Carina Soledad Castillo ubicado en calle 24 de Octubre Nº 2025, se procedió a secuestrar desde los distintos ambientes: una bolsa de nylon traslúcida con 46,04 gramos de cocaína, un cuaderno naranja con anotaciones, un total de $ 94.720, seis celulares, papeles con anotaciones, una CPU, y quinientos (500) dólares; y de la requisa personal de Castillo -quien fue detenida en esa oportunidad en inmediaciones del domicilio de Normando Corti al 1000- se le incautó un celular Samsung, entre otros elementos. Además, en el domicilio de Bv. Roca Nº 465, piso 4, dpto. E (también vinculado a la nombrada) se secuestraron 307,57 gramos de marihuana y 145,84 gramos de cocaína, fraccionadas en numerosos envoltorios junto a recortes de nylon.
Del domicilio de Cristian Daniel Ferreyra sito en calle Perusia Nº 130 (pasillo), en el cual se detuvo al nombrado, se incautó un total de 109,54 gramos de marihuana y 35,36 de gramos de cocaína -distribuidas en numerosos envoltorios-, junto a dinero en efectivo por la suma de $ 8.020, una pistola calibre 9 marca Browning con su cargador con 12 cartuchos, un cuaderno con anotaciones, varios celulares, seis cartuchos calibre 12, recortes de nylon, una balanza gris con vestigios de cocaína y una CPU.
Por último, desde el interior de la vivienda de Yoana Carolina Olivera -calle Lucio Casarín Nº 1947- quien fue detenida en dicha oportunidad, se secuestraron 36,33 gramos de marihuana acondicionada en envoltorios y en un trozo compacto, celulares, dinero por la suma de $ 3.490, una balanza de precisión digital, el DNI y la licencia de conducir de la nombrada, dos trituradores de plástico y un plantín de marihuana.

Resolución
Por todo lo expresado precedentemente, el Juez José María Escobar Cello resolvió: Condenar a Evelio Horacio Ramallo, como autor del delito de Organización del comercio de estupefacientes a la pena de ocho años de prisión y multa de 90 unidades fijas; más las accesorias del art. 12 del CP y declaración de reincidencia (art. 50 CP). Remitir testimonio del presente decisorio al Juzgado en lo Penal de Primera Instancia de la 5ta. circunscripción Judicial de la ciudad de Rafaela, a fin de que se proceda a la unificación de penas, respecto del condenado Evelio Horacio Ramallo.
Condenar a Carina Soledad Castillo, como autora del delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de cinco años de prisión y multa de sesenta unidades fijas; más las accesorias del art. 12 del CP y declaración de reincidencia (art. 50 CP). Unificar la pena impuesta por este tribunal en fecha 22/08/19 con la del presente decisorio, en la pena única de siete años y ocho meses de prisión y y multa de 92 unidades fijas; más las accesorias del art. 12 del CP y declaración de reincidencia.
Condenar a Yoana Carolina Olivera como autora del delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización -dos hechos en concurso real- a la pena de cinco años de prisión y multa de 60 unidades fijas.
Condenar a Cristian Daniel Ferreyra como autor del delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y Tenencia de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal -en concurso real-, a la pena de cinco años y seis meses de prisión y y multa de 66 unidades fijas, y declaración de reincidencia.
Condenar a Diego Hernán Molina como autor del delito de Confabulación para el tráfico de estupefacientes a la pena de tres años de prisión más declaración de reincidencia. Unificar la pena impuesta a Diego Hernán Molina con la emanada de este tribunal en fecha 09/03/18, en la pena única de seis años y tres meses de prisión y multa de $ 4.400; y declaración de reincidencia.
Condenar a Joaquín Ángel Babijezuk como autor del delito de Confabulación para el tráfico de estupefacientes y Tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal -en concurso real-, a la pena de tres años de prisión.
Condenar a Tatiana Anahí Molina y Yasmín Camila Rolón, como coautoras del delito de Portación de arma de guerra sin la debida autorización legal, a la pena de dos años de prisión cuyo cumplimiento se deja en suspenso. Imponer a las nombradas Tatiana Molina y Yasmín Rolón por el término de dos años -contados a partir de que el presente decisorio cobre firmeza-, la regla de conducta que consiste en: fijar residencia de la cual no podrán ausentarse, sin previo aviso al Juez de Ejecución Penal y someterse al cuidado del Patronato de este tribunal.

Encuadre legal
En cuanto al encuadre legal de los distintos hechos atribuidos a los imputados la fiscalía general ha propiciado las figuras de organización de comercio ilícito de estupefacientes para Evelio Horacio Ramallo; tenencia de estupefacientes con fines de comercialización respecto de Carina Soledad Castillo, Yoana Carolina Olivera y Cristian Daniel Ferreyra, siendo que para el caso de Olivera se trata de dos hechos en concurso real y para el nombrado Ferreyra dicha figura concurre a su vez con el delito de tenencia de arma de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización.
En relación a los encausados Diego Hernán Molina y Joaquín Ángel Babijezuk, el ilícito previsto y penado en el art. 29 bis de la ley 23.737, esto es, confabulación para el tráfico de estupefacientes, el cual concurre realmente con el de tenencia de arma de sin la debida autorización legal para el nombrado Babijezuk.
Por último, a las imputadas Tatiana Anahí Molina y Yasmin Camila Rolón, la figura de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal; todo lo cual ha sido aceptado y ratificado por los encausados asistidos por sus respectivas defensas técnicas.

 

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