CNN Radio Rafaela

Policías sunchalenses: La Jueza desestimó el delito de Torturas

Además ordenó la libertad de los dos efectivos que se encontraban detenidos con prisión preventiva. Deberán cumplir medidas alternativas y pagar una fianza de 500.000 pesos cada uno. La magistrada solicitó además a la fiscal Gabriela Lema que presente otro escrito de acusación. La representante del MPA había solicitado en su momento 25 años de prisión para los acusados.

Sucesos 02/11/2021 Redacción Redacción
jueza fortunato

Poco antes del mediodía de este lunes y de manera exclusiva, Diario CASTELLANOS accedió a los fundamentos esgrimidos por la jueza de la IPP Cristina Fortunato.
En este sentido y tal como habíamos señalado la semana anterior, la Dra. Gabriela Lema representante del Ministerio Público de la Acusación en fecha 27 de agosto de 2021 formuló requerimiento acusatorio contra los policías imputados: María Itatí A. (asistida por el Defensor del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal Dr. Aníbal Caula); Mauricio Leonardo O. (asistido por los Dres. Néstor Oroño y Alejandro Leguizamón); Brian Manuel G. (asistido por el Dr. Aníbal Caula); Carlos Agustín M. (asistido por el Dr. Aníbal Caula); Juan Aurelio C. (asistido por el Dr. Ignacio Alfonso Garrone y la Dra. Clara Vásquez; Silvana S. (asistida por el Dr. Aníbal Caula); Federico Hernán M., (asistido por los Dres. Alejandro Mognaschi y Darío Schurrer); y Luciano Martín G. (asistido por los Dres. Alejandro Leguizamón y Raúl Sartori) en base a los hechos establecidos oportunamente al momento de concretar la atribución imputativa, realizando la fundamentación respectiva y solicitando la pena que requerirá para los imputados acompañando testigos propuestos (132), prueba documental (56 sobres) así como evidencia material (19 objetos).

Postura defensiva

Notificados los distintos defensores, éstos hicieron referencia en sus escritos a distintos aspectos que entendieron como respuesta al libelo acusatorio impetrado por Fiscalía.
En esa dirección los Defensores, en general solicitaron la invalidación del escrito acusatorio, así como el dictado de Sobreseimiento, el pedido de Suspensión de Proceso a Prueba, y la libertad de sus defendidos, específicamente los Dres. Ignacio Alfonso Garrone por Juan Aurelio C.; y los Dres. Darío Schurrer y Alejandro Mognaschi, por Federico Hernán M. Asimismo los profesionales defensores propusieron testigos, y documental así como prueba informativa (en la segunda jornada).
En cumplimiento de lo dispuesto por el Art, 299 del digesto de forma, en el plazo de ley, se ofreció por parte del Ministerio Público de la Acusación el listado de testigos a deponer en el juicio con los respectivos temas sobre los cuales brindaran su testimonio y datos personales, así como documental propuesta y evidencia material.
En idéntico sentido lo hicieron los Defensores, acompañando los listados de testigos a deponer en el juicio oral.

La fiscal

A su turno fiscal Dra. Gabriela Lema, en contestación a los argumentos similares esgrimidos por los Defensores, en general señaló, en relación a la » invalidez» de la acusación solicitada, rechazó la petición. Indicó que sólo podía declararse la invalidez ante la existencia de vicios formales groseros, por ejemplo cuando no se estableció pena, cuando no se indicó o identificó correctamente a los imputados, etc. Dijo Lema que la falta de viabilidad invocada no consistía en un motivo, que cuando se presenta una acusación motivada jurídicamente, con proposiciones fácticas y probatorias no puede caber su rechazo, que no puede la conveniencia ser el motivo. Insistió la Dra. Lema en que únicamente los fiscales son los que establecen la oportunidad, la conveniencia y que recién al momento de fallar los jueces establecen el mérito. Que todos los cuestionamientos pueden ser tratados y analizados en la audiencia de debate. Señaló que había escuchado de los defensores decir «que los obligaban a ir a juicio», no siendo así sino que es un derecho con raigambre constitucional.
Indicó que la calificación legal que había sido seleccionada por la Alzada (Tribunal Unipersonal con el Dr. Juan Manuel Oliva) era sólo una «interpretación» del magistrado que la ‘Fiscalía no comparte y que no está obligada a modificarla’.
Finalmente en la dúplica, la Dra. Lema señaló que si bien la suspensión a prueba era una facultad de las partes propició el rechazo por tratarse de delito de violencia institucional. Insistió en que la jurisdicción no tenía facultades para modificar la calificación legal y volvió a rechazar los pedidos de libertad.

Decisión de la Jueza

Finalmente -en el documento al que tuvo acceso exclusivo este Diario-, la jueza Cristina Fortunato señala: Lo cierto es que se insiste en encuadrar el hecho atribuido a los autores en el delito de Torturas, sin que la evidencia acompañada como prueba otorgue sustento a esa configuración típica, la cual, concluímos, no se encuentra alineada con los otros elementos de la Teoría del caso. Es decir, pudo existir al inicio elementos de convicción suficientes para solicitar la prisión preventiva en base al delito elegido por la parte acusadora, pero en este estadío dichos elementos no resultan suficientes para alcanzar el grado de certeza requerido en orden a lograr una sentencia de condena por el delito de Torturas. Es por ello que rechazaremos la Acusación presentada por la Sra. Fiscal en la inteligencia que, modificada que fuere la misma y celebrada la correspondiente audiencia preliminar, se dé nuevamente tratamiento al pedido respectivo.
Así las cosas entendemos, que asiste razón a la Defensa en su conjunto, ameritando el rechazo del escrito acusatorio, y su invalidez, en tanto, en la estructuración de la teoría del caso exhibida por la Fiscalía, la versión de los hechos atribuida que presenta en el libelo respectivo no cuenta con los medios probatorios respectivos idóneos para acreditar aquellas afirmaciones (proposiciones fácticas) en concordancia con el soporte legal seleccionado (proposición jurídica-subsunción en el tipo penal de Torturas).

Posición del juez Oliva

En su momento, tras una audiencia de apelación de la prisión preventiva donde le otorgó la libertad a seis de los ocho imputados, el Dr. Juan Manuel Oliva, juez de la Cámara de Apelaciones de Rafaela, sostuvo que «Fiscalía contaba con un caso sustentable. Lo hizo respecto a una determinada calificación legal de los hechos en tanto, centró su análisis concluyendo que la calificación legal correspondiente a los hechos atribuidos a los imputados es la de Apremios Ilegales Calificados, regulados en el art 144 bis inc. 3° en relación al 142 inc. 1° del C.P. Expresó el magistrado: «Partimos de la base conceptual que establece el inc. 3° del Art 144 apartado tercero del CP en orden a que la tortura comprende «tormentos físicos» y los «sufrimientos psíquicos, cuando éstos tengan gravedad suficiente». Conforme esta definición, coincide la doctrina en que el delito consiste en ocasionar deliberadamente, intensos, grandes o graves padecimientos físicos y psíquicos a la víctima, por medio de procedimientos, métodos o instrumentos con idoneidad suficiente para ocasionar esos dolores o sufrimientos. «Dadas las notorias diferencias de las escalas penales previstas para la tortura con respecto a las de las severidades, vejaciones o apremios ilegales, la doctrina se ha preocupado por encontrar el más exacto criterio diferenciador, hallándolo en la mayor intensidad de los padecimientos o gravedad del dolor, físico o moral, que en la primera debe soportar la víctima. Se ha dicho entonces que la tortura representa la última escala de los padecimientos y que la gravedad de los sufrimientos o padecimientos requeridos por la misma ley (inc. 3°) da la pauta para la distinción. Se ha señalado también como criterio diferenciador la intencionalidad del agente, vale decir, que los sufrimientos o padecimientos hayan sido infligidos intencionalmente para torturar a la víctima, con el dolo de atormentar o hacer sufrir. «En el caso en examen, el uso de un instrumento como el denominado »submarino seco» nos colocará sí en el terreno de la tortura, pero no puede afirmarse hoy como probable que el mismo se haya utilizado. Los dichos de Flamenco pueden merecer un juicio de posibilidad, pero no son suficientes para el de probabilidad…»

Libertad a detenidos

Ahora bien, se advierte que en atención a esta decisión jurisdiccional entendemos que deben tener despacho favorable las medidas alternativas a la prisión preventiva solicitadas por parte de los abogados defensores de Federico Hernán M. y Juan Aurelio C., como consecuencia de lo aquí resuelto, intelegimos que los riesgos procesales pueden ser neutralizados con medidas de menor impacto, en atención a la calificación legal en la que corresponde subsumir el hecho atribuido (no obstante pudiera seleccionarse una pena que no permita la modalidad condicional) siendo que no se hubo acreditado ningún acto o conducta de los imputados en prisión preventiva con entidad alguna para provocar el entorpecimiento probatorio.

Resuelvo

Por lo expuesto y conforme lo normado por el Art. 303, 304 y 45 del C.P.P.: RESUELVO: l.-Rechazar la Acusación presentada por la representante del Ministerio Público Ia de la Acusación, conforme los fundamentos expuestos en los Considerandos (art 303 inc. 10 y concordantes del C.P.P.). Disponer medidas alternativas a la prisión preventiva, respecto de: Federico Hernán M. constitución de domicilio en la localidad de Laguna Paiva (Santa Fe); Prohibición absoluta de comunicación y contacto con las victimas; y constitución de fianza real o personal por la suma de 500 mil pesos.
Y de Juan Aurelio C., constitución de domicilio en la localidad de Desvío Arijón; prohibición absoluta de comunicación y contacto con las víctimas; y constitución de fianza real o personal por la suma de 500 mil pesos, otorgándose la libertad sino estuvieren a disposición de otra autoridad competente.

Te puede interesar
TAPA CENTRAL

Rosario: El gobierno considera los hechos como "actos terroristas"

Redacción web
Sucesos 11/03/2024

El Gobierno de Santa Fe emitió un sentido comunicado tras el aberrante episodio ocurrido en Rosario. Además, insisten en que no retrocederán en su lucha contra las mafias narcocriminales. El sábado mataron al playero de una estación de servicio y este domingo al mediodía falleció el colectivero que había recibido un disparo en la cabeza el jueves.

WhatsApp Image 2024-04-05 at 12.26.05 AM

Otro negocio de compra y venta de metales clausurado en Rafaela

Redacción web
Sucesos 05/04/2024

La chacarita está ubicada en 500 Millas al 1.800 y terminó con fajas de clausura por no contar con habilitación de la Municipalidad. El procedimiento se concretó el miércoles por la tarde y los actuantes incautaron diversos elementos relacionados, presuntamente, a hechos ilícitos ocurridos en la ciudad.

estafadores

Una estafa "casi perfecta"; y una investigación impecable

Redacción web
Sucesos 11/03/2024

Personal del equipo de Asistencia de Investigación del MPA bajo las órdenes del Fiscal Regional Carlos Vottero y del fiscal Guillermo Loyola, contando con colaboración de la Policía Federal, concretó 35 allanamientos en Buenos Aires. Detuvo a 18 personas integrantes de una Asociación ilícita que cometía estafas. Los damnificados habían sido las firmas Las Taperitas y Suc. de Alfredo Williner. La suma sustraída superaba los $ 170 millones.

Lo más visto
911 (2)

El 911 suma recursos y hace más eficiente la atención de la demanda

Redacción
Provinciales 01/04/2024

La mejora permitió que la espera del llamado haya bajado en promedio a sólo 4 segundos, aseguró el director provincial de Atención de Emergencias, Pablo Polito. El funcionario agregó además que antes “la atención de la emergencia tenía una demora de entre 8 y 10 minutos; hoy es de entre 2 y 4 minutos”.

PAGINA 3

Un total de 25 proyectos iniciaron su camino en el "Rafaela Emprende"

Redacción web
Locales 05/04/2024

Sobre más de 200 postulantes, éstos 25 emprendedores tendrán la oportunidad de poder llevar adelante formaciones profesionales que le permitirán incorporar herramientas para potenciar sus empresas. "Como Gestión tenemos el desafío y la convicción de seguir apostando fuertemente a lo que somos como rafaelinos", señaló el intendente Leonardo Viotti.