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Decisión judicial: IAPOS deberá proveer un medicamento a un niño con enfermedad crónica

Lo ordenó tras una demanda presentada por abogados del Estudio Mitre Asesores Jurídicos en representación de los padres del menor, el Dr. Duilio Hail titular del Juzgado Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela. El niño, de 10 años, tiene una patología crónica y debe ingerir un medicamento que tiene un costo de tres millones de pesos cada dósis para un tratamiento que dura un mes y que mejorará ostensiblemente su calidad de vida.

Sucesos 09/09/2021 Redacción web Redacción web
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Hace algunas horas se conoció la decisión adoptada por el Juez Dr. Duilio Hail, titular del Juzgado Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rafaela, respecto de un amparo presentado en su momento por profesionales del Estudio Mitre Asesores Jurídicos de nuestra ciudad. Sobre el particular, información a la que tuvo acceso Diario CASTELLANOS permitió conocer detalles de la decisión.

Algunos datos
El amparo se insta como una medida excepcional cuando no existen otras vías posibles para la satisfacción de una necesidad urgente como es, en este caso, la provisión de un medicamento a un menor de 10 años de edad de Rafaela, con una enfermedad de carácter crónico y que la falta de dicha droga produciría un detrimento en su salud.
En el caso en particular, se solicitó a la obra social IAPOS, la provisión de un medicamento llamado Teduglutide (Revestive en cuanto a su marca comercial) que es novedoso -fue admitido por la ANMAT en 2019- y muy eficaz para el tratamiento del Síndrome de Intestino Corto. También como se trata de un medicamento importado es costoso ya que tiene un precio aproximado de $3.000.000 (tres millones de pesos) la dósis que sirve para un mes de tratamiento.
El síndrome diagnosticado al niño se caracteriza porque el paciente no puede sintetizar y absorber los nutrientes suficientes de los alimentos que ingiere, debido a que el intestino es más corto. Es por ello que se realiza la nutrición parenteral por vía venosa, que consta de la conexión del paciente a una bomba que ayuda a que se absorban en una mayor medida los nutrientes de los alimentos, con una frecuencia de hasta seis infusiones semanales. Esta bomba suele causar infecciones y complicaciones debido a los catéteres, que el paciente ya sufrió y por la cual debió ser tratado.

Solicitud y negativa
Es por ello que las médicas tratantes del menor sugirieron la aplicación del medicamento Teduglutide al paciente en cuestión. Los familiares del niño solicitaron la medicación a la obra social IAPOS la cual rechazó el pedido debido a que argumentó que no había estudios suficientes y acabados sobre los resultados positivos del medicamento en niños menores.
Es por ello que los familiares del niño contrataron los servicios de Mitre Asesores Jurídicos y los Dres. Agustina Nasetta y Pablo Mosconi iniciaron una acción contra IAPOS. Primero se intimó a la obra social la provisión del medicamento Teduglutide, pero fue ésto negado nuevamente por IAPOS en mayo de 2021. Luego de agotada esta instancia extrajudicial se interpuso la demanda que tramitó en el Juzgado Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rafaela, Juzgado a cargo del Sr. Juez de Distrito Dr. Duilio Hail.

Sentencia
Hace algunos días salió la sentencia favorable condenando a IAPOS a proveer el medicamento al menor sin límite de tiempo ya que la patología del niño es crónica. Esta resolución judicial que ordena la provisión del medicamento Teduglutide le permitirá al niño lograr una progresiva autonomía de la nutrición parenteral, es decir alimentación por vena, -no tendrá necesidad de conectarse a la bomba cada vez que deba alimentarse- y con ello podrá tener una vida más parecida a la que normalmente tiene un niño de esa edad, a la vez que favorecerá su crecimiento. Este dato no es menor ya que estamos hablando de un niño que tiene tan sólo 10 años, es decir, toda la vida por delante y es fundamental garantizar el crecimiento adecuado del mismo y su bienestar general.

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