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Cómo es la ley que beneficiará a las inversiones inmobiliarias

A fines de febrero, el Congreso Nacional aprobó un proyecto que beneficiará a los nuevos desarrollos en el pozo.

Especiales - Guía 11/03/2021 Redacción Redacción
Inmobiliaria

A fines de febrero, el Congreso Nacional aprobó un proyecto que era muy esperado desde el sector de la construcción. Se trata de la ley que promueve el blanqueo de capitales destinados a invertir en obras privadas nuevas, y que contó con unanimidad en el Senado.
Si bien la iniciativa partió del Poder Ejecutivo Nacional, lo cierto es que desde el cambio de gobierno, entidades como la Asociación de Empresarios de la Vivienda (AEV), la Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos (CEDU), la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) establecieron contactos con diversos interlocutores con el objetivo de impulsar medidas a favor del sector.
Por este motivo es que ni bien se supo de la media sanción en Diputados, la CEDU y la AEV emitieron un comunicado en el que reforzaron su apoyo al proyecto: "Trabajamos de manera conjunta con todos los eslabones de la cadena. Que se unan empresarios y sindicatos para proponerle lo mismo al gobierno, capitalizando los aprendizajes de los anteriores blanqueos, es algo inédito".
La ley consta de cuatro apartados: El Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, los Beneficios para el Inversor, un Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal y otro para la Consolidación de la Obra Pública para Vivienda Social.
El primero consiste en la exención del impuesto sobre los Bienes Personales y la posibilidad de computar, como pago a cuenta de este tributo, el uno por ciento del valor de las inversiones en obra de pozo. La eximición abarca desde el periodo fiscal en el que se efectiviza la inversión hasta la finalización del proyecto, su enajenación o adjudicación, en un plazo máximo de dos periodos fiscales.
Además, se habilita el diferimiento del impuesto a la Transferencias de Inmuebles de Personas Físicas y del impuesto a las Ganancias para el caso de personas jurídicas. Podrán beneficiarse quienes inviertan en obras privadas nuevas o que posean un grado de avance inferior al 50%.
El Programa de Normalización, en tanto, permite que personas físicas como jurídicas declaren la tenencia de dinero en el país y/o en el exterior, para lo cual deberán pagar un impuesto especial que va del 5 al 20%: quienes entren al blanqueo dentro de los 60 días de sancionada la ley, pagarán el porcentaje más bajo; quienes regularicen dentro de los 90 días, tienen que pagar 10% y los que lo hagan dentro de los 120 días, deberán abonar el máximo.
En lo que refiere a los beneficios para el inversor, la ley menciona la liberación del pago de los impuestos sobre Ganancias, el IVA, el impuesto a las Ganancias por Salidas no Documentadas, el Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios, el de Transferencia de Inmuebles y sobre los Bienes Personales, entre otros.
Por último, en el capítulo dedicado a la vivienda social, se proponen pautas para la reactivación de obras iniciadas por el Estado que han quedado paralizadas.
Desde las entidades, el panorama es alentador. "Propusimos que el blanqueo sea para invertir en pozo, contrario a blanqueos anteriores; porque queremos promover el trabajo y la inversión", expresaron.

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